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HORAS DE TRABAJO Y TRABAJO A TURNOS. INFLUENCIA SOBRE LA PRL

Otro de los aspectos que se aborda en el proceso de Auditoría del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales es la Jornada de Trabajo, tanto en duración como en distribución. Sin duda, los excesos en cualquiera de estos dos sentidos colocan a los trabajadores en situaciones de mayor riesgo laboral y debes ser objeto de especial atención en caso de producirse.

Es un aspecto que va adquiriendo importancia en la aplicación de la prevención de riesgos laborales conforme se va desarrollando la misma. Prueba de ello es que, en el año 2016, España ha debido modificar la legislación sobre jornadas especiales de trabajo, el RD 1561/1995 y, concretamente, en su apartado sobre trabajo nocturno, ello mediante el RD 311/2016.

El asunto es de enorme calado ya que influye, o puede influir, notoriamente sobre la vida de los trabajadores a todo nivel. El objetivo de estas líneas es solamente aportar, al respecto de la Jornada de Trabajo, algunos pensamientos:

  • Existen efectos combinados de la situación del trabajo a turnos con factores relacionados con el lugar de trabajo, dado que los riesgos existentes pueden verse agravados por la situación de trabajo a turnos y, por tanto, sus posibles consecuencias así como la probabilidad de incremento de accidentes. La Evaluación de Riesgos debe profundizar en estos aspectos.
  • La tolerancia al trabajo a turnos varía de unas personas en función de factores como, por ejemplo,  las características de personalidad, la edad o aptitud física. Por tanto, en aras de la siniestralidad o, en general, del cuidado de la salud; por tanto, debe estudiarse la jornada de trabajo teniendo en cuenta las características individuales de cada trabajador, sobre todo o especialmente cuando la jornada no sea la ordinaria.
  • El trabajo a turnos produce efectos probados sobre la somnolencia o como el síndrome metabólico, tiene influencia sobre la salud psíquica, obesidad, enfermedades coronarias, etc. Es indubitable la relación, negativa, entre el trabajo a turnos y la salud.
  • El trabajo por turnos puede repercutir negativamente en la vida
    familiar, la participación en la actividad institucional y las relaciones
    sociales. La magnitud de los problemas que pueden producirse
    está en función de diversos factores, como la naturaleza del
    sistema de turnos, el sexo, edad, estado civil y estructura de la
    familia del trabajador, así como de la extensión del trabajo por
    turnos en la zona geográfica donde se ubique el puesto de trabajo.
  • Aparte de los posibles efectos del trabajo por turnos sobre la
    salud del trabajador, el rendimiento laboral también puede verse
    afectado. Las diferencias individuales se han revelado con frecuencia
    como la variable más influyente en el rendimiento.
  • Resulta, por lo anterior, que la organización del trabajo debe tener en cuenta aspectos como los anteriores para el diseño de los turnos de trabajo, tanto a nivel de organización de sistema como la asignación de personas a los distintos turnos no teniendo solamente en cuenta la capacitación profesional. En el capítulo de la Enciclopedia de la OIT que acompañamos se aportan algunas pautas a seguir en función de distintos tipos de turnos -trabajo nocturno permanente o sistemas de turnos rotación rápida o lenta-, duración de los turnos, horario de los mismos, distribución del tiempo libre en los sistemas de turnos, optimización del sistema de turnos así como pautas sobre el descanso posterior. 
En lo que respecta exclusivamente a la gestión de prevención de riesgos laborales, parece conveniente -incluso necesario- que los aspectos relativos a la jornada de trabajo se encuentren incluidos en la Evaluación de Riesgos y, en su caso, en la Planificación de la Actividad Preventiva. Y esto es menos frecuente de lo deseable, y debería serlo teniendo en cuenta mandatos como la integración de la gestión preventiva y la necesaria transversalidad de la misma.

Para mayor abundamiento, acompañamos el enlace a la Enciclopedia de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), concretamente al capítulo sobre Horas de Trabajo como Riesgo General y que ha servido,en parte, de base a esta información.